Si hablamos de “acceso a la Justicia” no hablamos de un concepto unisémico: es un tema tan amplio que incluye tanto derechos de los/as ciudadanos/as, como también modos de fortalecimiento del sistema jurídico y de la democracia como forma de gobierno.
Existen diversas definiciones, pero al decir “acceso a la Justicia”, a lo que estamos haciendo referencia, esencialmente, es a “herramientas”. Y estas herramientas deben encontrarse a disposición de los sujetos de derecho en todos los ámbitos de la vida civil.
Por lo tanto, el acceso a la Justica se construye y robustece desde distintas vertientes interdisciplinarias e implica que no deberían existir limitaciones ni obstáculos para acceder a las instituciones ya sea por razones económicas, de género, religiosas o políticas. Dicho de otro modo, la igualdad garantiza que la administración de justicia y la tutela jurídica sean virtuosas y efectivas.
Algunas preguntas que surgen, entonces, podrían ser: ¿en qué ámbitos puede el Estado reforzar este acceso y garantizar que los recursos y las personas entren en contacto? ¿Puede considerarse el acceso a la Justicia un derecho humano?
Sin dudas, uno de los campos en los que se puede trabajar y mucho para que la Justicia sea más accesible es el lenguaje. Y esto comprende tanto los textos normativos como las resoluciones judiciales.
El juez Guillermo González Zurro, en su artículo Sentencias en lenguaje claro, publicado en 2018, afirma que “El acceso a la justicia comprende el derecho a la información en lenguaje claro”. Citando el art. 18 de nuestra Constitución Nacional, el magistrado continúa diciendo “Mal podría hablarse entonces del acceso a la justicia como derecho fundamental si la persona involucrada desconoce cuáles son sus derechos y obligaciones, cómo obtener su «tutela efectiva», qué puede esperar de la tramitación de un juicio”.
El Dr. González Zurro no solo predica, sino que también practica: desarrolló un novedoso método para estructurar sus sentencias, mucho más esquemático y amigable a la lectura que ya obran en los expedientes a su cargo. Al combinar lenguaje llano y estructura visual simple, el titular del Juzgado Nacional en lo Civil N.° 109 es un fiel representante del mundialmente conocido Plain Language Movement.
En el año 2017, la licenciada Mariana Bozetti presentó, ante el Senado de la Nación, un trabajo titulado La perspectiva lingüística del acceso a la Justicia. Bozetti, que es asesora lingüística del Ministerio Público Fiscal, sostiene que, ante la oscuridad y opacidad del lenguaje técnico jurídico, surge la necesidad de “fomentar una redacción didáctica, de sencillo acceso, con la ambición de aniquilar desde la judicatura la maraña y confusión interpretativa instaurada, acorde múltiples juicios apresurados, pensamientos indigentes y creencias precipitadas” y concluye que “es necesaria la formación lingüística del abogado y el trabajo interdisciplinario”.
Asimismo, y hace unas pocas semanas, el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires promulgó, la ley 15.184, denominada “Garantía de Lenguaje Claro de los Textos Legales y Formales”. Esta norma, conocida públicamente como “Ley de Lenguaje Claro”, representa un avance en el cumplimiento del derecho a la información y de acceso a la Justicia, ambos protegidos por la Constitución Nacional.
Material de consulta:
- Guillermo A. GONZÁLEZ ZURRO – “Sentencias en lenguaje claro”, La Ley, diciembre de 2018, Cita online AR/DOC/2608/2018
- Mariana Bozetti – “La perspectiva lingüística del acceso a la Justicia” (presentación ante el Senado de la Nación), octubre de 2017 – https://www.senado.gob.ar/bundles/senadomicrositios/pdf/dgic/bozetti.pdf?v2.1
- Ley 15.184 de la Provincia de Buenos Aires https://www.erreius.com/Legislacion/documento/20201007073255537/ley-15184-garantia-de-lenguaje-claro-de-los-textos-legales-y-formales?fbclid=IwAR1vlIKbEM4wNJDb3yW6N6TvpDwy3YbXDD2cwWFgME8-3Z75JNJux1Br4q4
